Propuesta para fortalecer el funcionamiento del CMC



El Consejo Municipal de Cultura de Gral. Pueyrredon ha presentado un proyecto al Concejo Deliberante para modificar la Ordenanza 15577 y facilitar la participación de los agentes culturales, con el fin de fortalecer este espacio y garantizar la concreción de sus objetivos. La nota señala:

… El pedido se fundamenta en la necesidad de fijar en la normativa una cláusula que permita la convocatoria extraordinaria para cubrir vacantes cuando el Consejo quede en inferioridad de los 25 miembros titulares (y sin suplentes para remplazarlos).
Atento a que este Consejo está integrado por voluntarios ad honorem, y que sus objetivos y atribuciones implican una dedicación diaria, con reuniones de mesa coordinadora, de equipos por secretarías,  organización de actividades y presencia en actos, espectáculos y encuentros culturales, más la realización y actualización del Registro de agentes culturales de Gral. Pueyrredon y el Plan Estratégico de Cultura, es frecuente que sus miembros (artistas y representantes de instituciones culturales) en muchos casos no puedan sostener en el tiempo tal ritmo de trabajo que demanda restarle energía a proyectos y ocupaciones particulares, y se ven obligados a menguar su participación o renunciar, resintiendo de ese modo la conformación del Consejo y su capacidad de acción, recayendo sobre algunos un mayor esfuerzo para compensar esas ausencias. Además de las bajas por inasistencias a reuniones y plenarios (previstas en el Reglamento Interno del CMC), hay que sumar el alejamiento por razones profesionales, de estudio, de salud o por fallecimiento.
Por todo lo expuesto, consideramos oportuno garantizar el pleno funcionamiento del Consejo Municipal de Cultura, y el cumplimiento de sus fines generales y específicos, con la inclusión de un mecanismo de recomposición permanente.  El inciso propuesto para agregar al Artículo 8º es el siguiente:
“En el caso de producirse bajas, renuncias y/o fallecimientos de los miembros del Consejo y de no disponer éste de una lista de suplentes para tales remplazos, el Consejo tendrá la libre facultad de poder llamar ocasionalmente a postulantes, de manera excepcional, sin alterar la letra y el espíritu de la Ordenanza de creación del CMC.
Dichos miembros, surgidos de esta nueva convocatoria extraordinaria de emergencia, habrán de ser considerados elegidos en el mismo período que sus antecesores inmediatos,  finalizando  de  esta forma el mandato en igual fecha,  cumpliendo así los lineamientos de la ordenanza y logrando  mantener el número de miembros exigidos”.

El proyecto entró al HCD el 26 de marzo de 2013, bajo el Nº 78, Letra C. Deberá pasar en los próximos días a la Comisión de Cultura y Educación para ser evaluado por los concejales.

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