Ante la difusión de un proyecto de Ordenanza que pretende regular la actividad de murgas y comparsas en espacios públicos, el Consejo Municipal de Cultura de Gral. Pueyrredon manifiesta su rechazo a tal propuesta, considerando que estas agrupaciones cumplen un importante rol en los barrios de la ciudad al reunir a niños y jóvenes para desarrollar una actividad cultural y socializante.
Las organizaciones que realizan manifestaciones de tal tipo promueven y estimulan a los jóvenes y niños en la participación de actividades sociales y de expresión, incentivando la iniciativa cultural, el esparcimiento y la actividad lúdica de la edad, de acuerdo al entorno y las realidades del contexto social en el que residen; atendiendo en especial a sus necesidades, brindando de este modo la contención para que aquellos propósitos se vean realizados.
En este sentido, debemos recordar la plena vigencia en nuestro país de la Convención sobre los Derechos del Niño -a la que adhirió nuestro país y ratificó mediante Ley 23.849- y en la cual se establece: “El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño… Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas”.
Asimismo en el art. 31.1 de la citada Convención, los Estados Parte ratificantes de esta normativa, se comprometen a reconocer "...el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes. De igual forma, el Art. 31.2 señala que “Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento."
Normativa similar es consagrada de igual forma en el Pacto de San José de Costa Rica, encontrándose ambas convenciones incorporadas a nuestra Constitución Nacional mediante el mecanismo previsto por el art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna.
En consecuencia, desde el CMC alentamos el uso del espacio público por las agrupaciones comunitarias y promueve las expresiones artísticas populares en todas las plazas e instituciones vecinales de Mar del Plata y Batán.
El Consejo Municipal de Cultura deja sobre tablas el fundamento al rechazo ante el Proyecto de Ordenanza sobre Murgas y Comparsas en el espacio del MGP
CMC- Mar del Plata-Batan
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